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Las áreas verdes y el Estatuto de Autonomía

Nota investigativa. Vía Autónoma No. 7


Elaboración: Vía Autónoma

Quizá una de las preocupaciones concretas más recurrentes durante el Seminario Internacional ‘Capitales Latinoamericanas: Autonomía y Desarrollo’ tenía que ver con el ambiente y la contaminación de nuestras ciudades.


En este orden de ideas, las áreas verdes de una ciudad sirven para recreo de sus habitantes, pero también terminan por constituirse en el hogar de la fauna y flora urbana. De acuerdo con un estudio de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe CEPAL (Montero y García, 2017; 65), Quito ocupa un lugar importante en el ranking de capitales con mayor espacio verde, alcanzando los 20,4 metros cuadrados por cada habitante de la capital.


La sostenibilidad ambiental de nuestra ciudad para los años venideros demanda que en el Estatuto de Autonomía se dedique una parte del articulado a esta temática, asegurando el mantenimiento de variables favorables, como por ejemplo el espacio verde por habitante.


El estudio de la CEPAL menciona que:


(...) la protección de la biodiversidad es un desafío pendiente. América Latina y el Caribe es una de las zonas con mayor biodiversidad del planeta y sus ciudades se desarrollan bajo una gran variedad de ecosistemas. El crecimiento de la mancha urbana debido al crecimiento de la población y producto de la presión inmobiliaria en combinación con una falta de regulación de la expansión urbana ha generado impactos negativos sobre el medio ambiente, desencadenando cambios de uso del suelo, contaminación del aire y de los recursos hídricos, amenazando así directamente la fauna y la fora. Este fenómeno, junto con la necesidad de desarrollar procesos productivos y de ofrecer servicios, tiene como consecuencia un uso de los recursos naturales que no es sostenible y que impacta en el medio ambiente destruyendo aquellos ecosistemas frágiles que brindan servicios ambientales necesarios para la vida humana.

En algunas ciudades, zonas de difícil acceso se han convertido en áreas verdes y no es excepcional que estas grandes extensiones sean caracterizadas como los “pulmones de la ciudad”, resaltando el papel vital que tienen para la salud y bienestar de la población. También existen cinturones verdes periféricos que pueden considerarse urbanos, aunque no estén integrados a la vida cotidiana de los habitantes. Estas áreas verdes, pesar de no ser parte del paisaje urbano de la mayoría de los habitantes, sí brindan grandes servicios ambientales a las zonas urbanas más centrales (regulación climática, mantenimiento de biodiversidad y producción de alimentos). Tales servicios deben ser recalcados y sensibilizar a los ciudadanos, justamente para asegurar su valorización y protección. En efecto, estas zonas no siempre han recibido la atención merecida. Incluso en ciertos casos, por ser suelos no aptos para la vivienda, y de difícil acceso con fuerte pendiente, se han visto instalaciones de asentamientos informales, sin planifcación, que además representan un peligro para sus habitantes.

Una función de los árboles y áreas verdes urbanas es la regulación de la temperatura. En las ciudades el uso de asfalto genera islas de calor, las cuales son zonas donde sube extremadamente la temperatura. En Sao Paulo, vemos como existe un diferencial de casi 7 grados centígrados entre distintos sectores de la ciudad que corresponde perfectamente a la cobertura vegetal de la Prefectura.

Existe una diferencia de acceso a área verde entre ciudad a lo cual, hay que añadir que dada la irregular distribución de las áreas verdes en las ciudades, el acceso real de los habitantes puede ser muy diferente.

Las zonas de mayor ingreso son las que mayor acceso tienen a dichas áreas verdes. Esto se explica en primer lugar porque los parques y espacios públicos suelen tener mayor superficie en zonas donde reside población con mayor capacidad económica; y en segundo lugar, las familias con mayores recursos pueden optar por una vivienda con jardín, lo que aumenta la superfcie de espacios verdes aunque estos sean privados.


(Montero L., y García J., 2017; 65).

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