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Los derechos fundamentales y el derecho a la ciudad en el EADMQ

Editorial, Vía Autónoma No. 8.



Fotografía: Flickr.com

La construcción del Estatuto de Autonomía del Distrito Metropolitano de Quito (EADMQ) debe abordar, a más de los aspectos formales de la organización y gobierno territorial, aquellos principios y garantías jurídicas, individuales y colectivos, que en conjunto nos permitirán convivir en una ciudad abierta, inclusiva y respetuosa. En este número de Vía Autónoma queremos realzar el papel que tendrá, para la vida en nuestra ciudad, toda la gama de derechos consagrados en la Constitución de la República, ya sea como garantías normativas y jurisdiccionales, o como derechos del buen vivir, derechos de las personas y grupos de atención prioritaria, derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades, derechos de participación, derechos de libertad, derechos de la naturaleza, y derechos de protección.


Bajo el paraguas de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, Pactos y demás tratados internacionales que configuran el conjunto de derechos de primera, segunda, tercera (y hasta cuarta) generación, resulta esencial que todos ellos, todos fundamentales, sean protegidos tanto de manera explícita como de manera transversal, a lo largo del texto estatutario. Para ello, debemos asegurarnos que el diálogo en torno a los derechos se posicione como una necesidad ciudadana.


Los derechos de primera generación (en nuestra Constitución los derechos de participación, derechos de libertad y derechos de protección) obligatoriamente deben articularse a las formas que podría adoptar la gestión pública dentro del territorio del Distrito, pero sobre todo al tipo de ejercicio democrático que queremos para la ciudad. Éste es un debate insoslayable en el marco de la nueva organización de gestión territorial que propondrá el Estatuto.


Los derechos económicos -derechos de segunda generación que en nuestra Constitución se formulan como derechos del buen vivir- de los diferentes actores ciudadanos ligados al sector formal de la producción y de los servicios tienen que ser considerados; pero al mismo tiempo, también se debe fortalecer los mecanismos que hagan que estos mismos derechos sean ejercidos por otros actores que por diferentes circunstancias no han podido formalizar su actividad económica. En este ámbito, la diferenciación de competencias entre los diferentes estamentos de gobierno (nacional y local) no debe ser impedimento para que la ciudad promueva sinergias interinstitucionales que redunden en beneficio de los ciudadanos.


En una ciudad cuya riqueza cultural (tangible e intangible) es milenaria, los derechos sociales y culturales –también de segunda generación- deben garantizar no solo la preservación del patrimonio edificado, sino sobre todo la posibilidad de vivir ese patrimonio desde la expresión popular y en el espacio público. Esto, para que ese patrimonio sea reapropiado por la ciudadanía y volvamos a sentirlo como esa manifestación simbiótica de todo lo que nos constituye en habitantes de esta urbe, conjugando tradiciones de antaño, junto con las variadas formas de cultura y expresión que nacen y crecen a diario.


Finalmente, debemos asegurarnos que los derechos de solidaridad –los de tercera generación, que en nuestra Constitución aparecen como derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades, derechos de las personas y grupos de atención prioritaria, y derechos de la naturaleza- también formen parte del debate hacia el Estatuto. Dentro de ellos se ubica el problema ambiental que, significativamente, ha sido uno de los temas más recurrentes en lo que lleva el proceso de construcción del EADMQ. De hecho, en relación a este tema y motivados por uno de los artículos de Vía Autónoma, la semana pasada algunas de las personas que siguen el proceso manifestaron sus puntos de vista relativos a las áreas verdes de la ciudad. Recibimos con mucho respeto y sobretodo con gran satisfacción ese debate.


Después de esa experiencia, queremos motivar a las personas que nos siguen a que continúen enviándonos sus aportes de frente a las diferentes temáticas que se considera deben incorporarse en el Estatuto. Todas ellas han sido analizadas y canalizadas, y conforme sigan llegando, lo seguiremos haciendo. Recordemos que esta empresa, la del Estatuto, es un gran desafío para todos los que queremos aunar y concertar mejores herramientas para el ejercicio de nuestros derechos, fundamentalmente uno: nuestro derecho a la ciudad (art. 31 de la Constitución de la República del Ecuador).

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